NEUQUÉN, 5 de septiembre de 2025 — La Sala Laboral del Tribunal Superior de Justicia de Neuquén emitió la Resolución Interlocutoria N° 260, con fecha 2 de septiembre de 2025. El fallo se refiere a un caso de despido en el que la empresa demandada, Compañía de los Andes S.A., concesionaria del centro de esquí de Caviahue, interpuso un recurso extraordinario federal. La decisión de la Justicia, en coincidencia con una propuesta de la Fiscalía, fue declarar el recurso como inadmisible.
La empresa había argumentado que el fallo previo era de “excesivo rigor formal” y que se apartaba de la doctrina de la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN) en cuanto a las tasas de interés, lo que, según su planteo, vulneraba la Constitución.
Sin embargo, el Tribunal rechazó la presentación basándose en que no cumplía con los requisitos formales de la normativa aplicable, entre ellos:
Falta de fundamentación autónoma: El recurso no presentaba un relato completo de los hechos, impidiendo su comprensión sin consultar el expediente.
Carátula defectuosa: No se consignó el domicilio electrónico de la compañía y la descripción de la decisión recurrida era incompleta.
Ausencia de planteo federal adecuado: Las “meras reservas” en instancias previas no fueron consideradas un argumento suficiente.
La resolución declara INADMISIBLE el recurso de la Compañía de los Andes S.A. y le impone las costas del proceso. Esto mantiene firme la sentencia que ordena a la empresa a pagar la indemnización al extrabajador.
Testimonio del extrabajador: “Violaron la Constitución Nacional”
En una entrevista exclusiva, el extrabajador despedido manifestó su frustración con las tácticas de la empresa: “Más inconstitucional que no cumplir con la ley laboral dejando a los trabajadores sin obra social cuando se enferman. ¿Qué más inconstitucional que eso? ¿Más inconstitucional que violar los derechos de los trabajadores que prestan servicio para una empresa de capital extranjero? ¿Qué más inconstitucional que hacer abandono del trabajador? ¿Qué más inconstitucional que no se le brinden condiciones dignas a un trabajador cuando los sueldos se pagan en cuotas? En Compañía de los Andes, los sueldos se pagaban en cuotas”.
“Han violado la Constitución Nacional y los derechos de los trabajadores, y siguen violentándolos. Quizá no conocen la Constitución provincial y nacional”, expresó el trabajador.
Asimismo, confirmó que no descarta iniciar acciones legales por daños y perjuicios morales.
El historial de la empresa y la espera por justicia
Según investigaciones periodísticas, este no sería el único conflicto laboral de la empresa. Existen denuncias por otros tres despidos de trabajadores temporarios que habían sido pasados a planta permanente. La Compañía de los Andes S.A. contaría con un historial de tener más juicios laborales en su contra.
La firma posee un extenso patrimonio, lo que hace aún más notoria la prolongada demora en el cumplimiento de la sentencia. Cuenta con campos de ganado, múltiples cabañas, dos hoteles (uno de ellos de 4 estrellas) y diversos inmuebles en zonas de alto valor turístico. Además, es la concesionaria del centro de esquí, el Hotel Nevado y varias cabañas del complejo turístico más importante de Caviahue, con un contrato vigente hasta el año 2030. Con más de un centenar de empleados durante la temporada de invierno, se erige como una de las entidades más grandes de la región, manejando un volumen económico millonario.
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Esta nota fue elaborada a partir de investigaciones periodísticas y entrevista con el trabajador despedido. AIRESNUEVOSNQN se ampara en la Constitución Nacional, la Ley 26.032 y tratados internacionales que garantizan la libertad de prensa y el derecho a informar sobre asuntos de interés público.